
Foto: Louie Luo, CC BY-SA 4.0
Reporte de inadmisibilidad (s.44) y audiencia de admisibilidad
Si recibió un reporte de inadmisibilidad o una citación a audiencia, es el momento de actuar. Le representamos ante el delegado del Ministro, en la audiencia ante la División de Inmigración y en la apelación.
Plazo importante. Cuando el oficial le pide observaciones por escrito, fija el plazo en su carta. Envíenosla el mismo día que la reciba.
¿Qué es el reporte de la Sección 44?
Un reporte de la Sección 44 es un informe oficial emitido por las autoridades migratorias de Canadá (como la CBSA) cuando consideran que un extranjero o residente permanente es inadmisible en el país. Este documento se redacta formalmente tras detectarse violaciones legales o migratorias, tales como la comisión de delitos graves, las declaraciones falsas o la omisión de información relevante, o el incumplimiento de los días de estancia obligatorios para los residentes.
El reporte da inicio a un proceso legal que puede terminar en una orden de remoción. No es una condena ni el final del proceso.
Cómo es el proceso
- El reporte. Un oficial de la CBSA o de IRCC lo redacta cuando cree que usted es inadmisible. Muchas veces le invita a presentar observaciones por escrito.
- La revisión del delegado del Ministro. Un delegado revisa el reporte y decide si lo remite a la División de Inmigración. En algunos casos puede emitir él mismo la orden de remoción. Con residentes permanentes, puede optar por una carta de advertencia en lugar de remitir el caso.
- La audiencia de admisibilidad. Si el caso se remite, un miembro de la División de Inmigración (ID) decide si usted es inadmisible. El Ministro tiene que probarlo, y su representante revisa y discute cada elemento de esa prueba.
- La apelación. Si la ID emite una orden de remoción, en muchos casos puede apelarse ante la División de Apelación de Inmigración (IAD). El aviso de apelación debe presentarse dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la orden. Si la causa es un delito grave con una pena de prisión de seis meses o más impuesta en Canadá, la ley no permite esa apelación.
Qué hacemos por usted
Le representamos y llevamos su caso de principio a fin. Usted no enfrenta el proceso solo.
- Leemos el reporte y la prueba del Ministro desde el inicio.
- Preparamos las observaciones para el delegado: su arraigo en Canadá, su familia, su rehabilitación y la dificultad de su regreso.
- Si hay menores afectados, analizamos cómo se verían afectados. Argumentamos por qué su interés superior debe tomarse en consideración.
- Le indicamos y le guiamos sobre qué cartas, certificados de programas y documentos de empleo y de familia debe reunir.
- En la audiencia, revisamos cada elemento que el Ministro debe probar y señalamos dónde falta prueba.
- Si procede, presentamos la apelación ante la IAD y preparamos el expediente.
Lo que conviene saber
- La discreción del delegado es limitada, sobre todo cuando se trata de delitos graves. Por eso las observaciones deben responder cada factor que pesa en contra.
- La audiencia ante la ID decide solo si usted es admisible. Los argumentos humanitarios van ante el delegado o en la apelación.
- Responder bien desde la primera etapa puede evitar que el caso llegue a audiencia.
Lo que más nos preguntan.
¿Qué hago si me llega la carta?
Envíenosla por WhatsApp el mismo día. Revisamos el plazo que le dieron y lo que el oficial le pide.
Soy residente permanente. ¿Puedo perder mi residencia?
Sí. Un reporte puede terminar en una orden de remoción y en la pérdida de la residencia permanente. Por eso conviene responder con todo desde la primera etapa.
¿Qué es una carta de advertencia?
Es una alternativa a la remisión que el delegado puede usar con residentes permanentes. La ley la permite; no la obliga.
¿Me representan en la audiencia?
Sí. Le preparamos y le representamos ante la División de Inmigración y, si procede, ante la División de Apelación de Inmigración.
Miembro de la Law Society of Ontario (LSO), paralegal licenciado, licencia P17526.
