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Lago de Atitlán, Guatemala

Foto: LarissaGomez, CC BY-SA 4.0

Legalización de firmas

Cómo legalizar una firma desde Canadá para usarla en Guatemala

El notario guatemalteco legaliza su firma cuando usted la pone o la reconoce ante él. Desde Canadá actuamos en papel simple, y el documento surte sus efectos desde que se protocoliza en Guatemala (Ley del Organismo Judicial, artículo 43).

¿Qué es legalizar una firma?

El notario puede legalizar las firmas que se ponen o se reconocen en su presencia. También puede legalizar fotocopias que se reproducen en su presencia a partir del original (Código de Notariado, artículo 54).

¿Qué lleva el acta de legalización de firma?

  • El lugar y la fecha.
  • Los nombres de quienes firman.
  • Su identificación, si el notario no los conoce. Sirve la cédula, el pasaporte o dos testigos (Código de Notariado, artículo 29, numeral 4).
  • La fe de que las firmas son auténticas.
  • Las firmas de quienes firman y las firmas de los testigos, si los hay.

Así lo dispone el Código de Notariado, artículo 55.

¿Y si quien firma no sabe o no puede firmar?

Si firma a ruego quien no sabe o no puede firmar, comparecen ambos y esa persona pone su huella (Código de Notariado, artículo 56).

¿La legalización convalida el documento?

No. La auténtica no prejuzga sobre la validez del documento, ni sobre la capacidad o personería de quien firma (Código de Notariado, artículo 57). Legaliza la firma; no corrige el contenido.

¿Cómo se hace desde Canadá?

Desde Canadá actuamos en papel simple. El acto surte efectos como acto notarial desde la fecha en que se protocoliza en Guatemala (Ley del Organismo Judicial, artículo 43). Nuestro equipo le indica qué necesita su caso.

Preguntas frecuentes

¿La legalización sirve para cualquier trámite?

Depende del trámite y de quién lo reciba. Le indicamos qué legalización requiere su caso.

¿Desde Canadá hace falta papel sellado?

Para el acto que se hace en Canadá, el notario guatemalteco actúa en papel simple (Ley del Organismo Judicial, artículo 43). Los testimonios que se extienden después en Guatemala siguen la regla del artículo 38.

¿La legalización convalida el documento?

No. La auténtica no prejuzga sobre la validez del documento ni sobre la capacidad o personería de quien firma (Código de Notariado, artículo 57).

Esta guía es información general y no sustituye la revisión de su caso individual.

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